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Procedimiento de Quejas

Información sobre el Procedimiento de Quejas que responde a quejas de discriminación de la Ciudad de Albuquerque.

Este Procedimiento de Quejas se ha establecido para cumplir con los requisitos de las leyes y los reglamentos federales, estatales, y locales que prohíben discriminación en la administración de programas y actividades en base a raza, color, origen nacional, religión, ascendencia, discapacidad, edad, sexo, afiliación conyugal, identificación de género, u orientación sexual. Este procedimiento puede ser utilizado por cualquier persona que desee presentar una queja que alega discriminación basada en estas categorías protegidas en los servicios, actividades, programas o beneficios proporcionados por la Ciudad de Albuquerque. La Política de Personal de la Ciudad de Albuquerque rige las quejas de discriminación laboral presentadas por empleados de la ciudad. Para cualquier otra queja, hay un proceso informal y también un proceso formal.

Proceso Informal de Quejas

La Oficina de Derechos Civiles y el Coordinador ADA hacen todo lo posible para ayudar a resolver los probelmas que presentan los residentes y se esfuerzan por dirigir las quejas al departamento de la ciudad que major corrresponde. Las consultas y quejas informales se deben de presenter con el director de la Oficina de Derechos Civiles.

Para datos de información.

El solicitante puede hacer preguntas y quejas por medio de correo electrónico, teléfono o cualquier medio que le es disponible.

Favor de proporcionar como mínimo su información de contacto, la fecha del incidente, y una descripción del problema.

Proceso Formal de Quejas

Si usted siente que su reclamo no ha sido resuelto a través del proceso informal, puede presentar una queja formal. La queja formal se debe presentar por escrito o por cualquier medio que le es disponible y debe incluir: su información de contacto, un resumen breve del problema y por qué la queja informal no resolvió su problema adecuadamente.

La queja formal debe de ser presentada por el/la reclamante y/o su representante a la mayor brevedad, pero no más de 45 días después de la presunta violación o 10 días después de que la resolución informal haya sido cerrada.

Dentro de 15 días calendario después de haber recibido la queja, el director de Derechos Civiles, o su designado, se comunicará con usted para tratar la queja y las resoluciones disponibles. Dentro de 30 días calendario después de la reunión, el director de Derechos Civiles, o su designado, responderá al reclamante por escrito o, según sea el caso, en un formato que pueda acceder el reclamante como por ejemplo en sistema braille, o en una grabación de audio.

Si la respuesta otorgada por el director de Derechos Civiles, o su representante, no resuelve el problema de una manera satisfactoria, el reclamante tiene 15 días calendario para presentar una apelación al Jefe Administrativo de la Ciudad de Albuquerque o a su designado. El Jefe Administrativo luego se comunicará con el reclamante dentro de 15 días después de haber recibido la apelación para tratar la queja y las posibles resoluciones. Después de esa reunión, el Jefe Administrativo o su representante responderá al reclamante por escrito, o según sea el caso, en un formato que pueda acceder el reclamante, con una resolución final a la queja.

Todas las quejas en forma escrita recibidas por el director de Derechos Civiles, o su representante, las apelaciones entregadas al Jefe Administrativo o su representante, y las respuestas otorgadas por estas dos oficinas, serán conservadas por la Ciudad de Albuquerque durante por lo menos un año.